El Reglamento 178/2002, que estableció los principios generales en Seguridad Alimentaria y que ha servido de base para todo el desarrollo legislativo posterior, ha sido modificado recientemente por el Reglamento 2019/1381, con el fin de dotar de mayor transparencia a todo el proceso de Análisis de Riesgos y de fortalecer la comunicación de riesgos.

Este nuevo Reglamento también modifica la composición de la Junta Directiva de EFSA para dar cabida a la sociedad civil y a todos los agentes de la cadena alimentaria, así como el procedimiento para la selección y nombramiento de los integrantes de los Comités Científicos y de las comisiones técnico-científicas.

Refuerzo de la Comunicación de Riesgos

El Reglamento recién publicado incluye una sección completa dedicada a la comunicación de riesgos, que detalla los objetivos que se debe perseguir en este ámbito, así como los principios generales de la comunicación del riesgo, que incluyen la transparencia, la apertura y la capacidad de respuesta, sin dejar de tener en cuenta las disposiciones jurídicas aplicables en materia de confidencialidad y protección de datos de carácter personal.

En esta línea, la CE adoptará un plan general de comunicación de riesgos mediante actos de ejecución, que promoverá un marco integrado en este ámbito y que establecerá mecanismos de colaboración y cooperación para reforzar la coherencia de la comunicación de riesgos. Así mismo, este plan garantizará un diálogo abierto entre personas consumidoras, empresas alimentarias y de piensos, comunidad académica y todas las partes interesadas.

Mayor Transparencia

Este nuevo Reglamento establece un mayor grado de transparencia en todas las actividades llevadas a cabo por EFSA, y en particular de las reuniones de sus órganos de gestión y grupos de trabajo, de los documentos e informes científicos y de la información complementaria que utilice para elaborarlos, teniendo en cuenta la protección de la información confidencial, la normativa sobre derechos de la propiedad intelectual y la protección de datos de carácter personal.

Por otro lado, la nueva normativa establece el acceso de la ciudadanía a toda la información y estudios presentados por las empresas que solicitan una autorización, salvaguardando la confidencialidad. En este contexto, se crea una base de datos de los estudios encargados o realizados por dichas empresas y se hace obligatoria la consulta a las partes interesadas y a la opinión pública sobre dichos estudios.