El Reglamento (CE) Nº 1881/2006 por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios ha sufrido modificaciones en lo que respecto a los siguientes contaminantes:

1. Cadmio Reglamento (UE) 2021/1323 de la Comisión de 10 de agosto de 2021 que modifica el Reglamento (CE) 1881/2006 por lo que respecta al contenido máximo de cadmio en determinados productos alimenticios:

La EFSA en sus evaluaciones de 2009 y 2012 establecía que el cadmio es un carcinógeno genotóxico, y, por consiguiente, su presencia supone un riesgo para la salud pública, recomendado reducir la exposición actual de la población a este contaminante. Por ello, en el presente Reglamento se han reducido los contenidos máximos de cadmio en determinados productos alimenticios.

Los productos que contienen cadmio que no se ajustan a los nuevos contenidos máximos y que se comercializaron antes de la entrada en vigor del presente Reglamento pueden seguir comercializándose hasta el 28 de febrero de 2022.

2. Plomo Reglamento (UE) 2021/1317 de la Comisión de 9 de agosto de 2021 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1881/2006 en lo relativo a los contenidos máximos de plomo en determinados productos alimenticios:

Las evaluaciones de la EFSA y del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios y Contaminantes en 2010 señalaron que el plomo puede causar neurotoxicidad para el desarrollo en niños de corta edad y problemas cardiovasculares y nefrotoxicidad en adultos, expresando ámbos su preocupación de que los niveles actuales de exposición alimentaria al plomo afecten al desarrollo neurológico de los fetos, los lactantes y los niños. Por consiguiente, en el presente Reglamento se disminuyen los contenidos máximos de plomo en determinados productos alimenticios.

Los productos que contienen plomo que no se ajustan a los nuevos contenidos máximos y que se comercializaron antes de la entrada en vigor del presente Reglamento pueden seguir comercializándose hasta el 28 de febrero de 2022.

3. Alcaloides TropánicosReglamento (UE) 2021/1408 de la Comisión de 27 de agosto de 2021 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1881/2006 en lo que respecta al contenido máximo de alcaloides tropánicos en determinados productos alimenticios:

En 2018, la EFSA evaluó la exposición alimentaria aguda a los alcaloides tropánicos en la población de la Unión Europea, concluyendo que se supera la dosis aguda de referencia en varios grupos de población. Esto convierte la presencia de alcaloides tropánicos, en particular la atropina y la escopolamina, en un problema de salud para la población, por lo que en el presente Reglamento se reducen los contenidos máximos de alcaloides tropánicos en determinados productos alimenticios.

Los productos alimenticios enumerados en el anexo del nuevo Reglamento comercializados legalmente antes del 1 de enero de 2022 podrán seguir comercializándose hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad.

4. Esclerocios de cornezuelo y alcaloides de cornezuelo Reglamento (UE) 2021/1399 de la Comisión de 24 de agosto de 2021 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1881/2006 en lo que respecta al contenido máximo de esclerocios de cornezuelo y alcaloides de cornezuelo en determinados productos alimenticios:

La EFSA en 2017 evaluó la exposición alimentaria de las personas y los animales a los alcaloides de cornezuelo. Las estimaciones más altas de exposición aguda indicaron una exposición cercana a la dosis de referencia aguda, por lo que el presente Reglamento establece contenidos máximos más estrictos en determinados productos alimenticios.

Los productos alimenticios enumerados en el anexo comercializados legalmente antes del 1 de enero de 2022 podrán seguir comercializándose hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad.