Análisis de Real Decreto 562/2025: Controles y otras actividades Oficiales dentro de la Cadena Agroalimentaria
Dicho Real Decreto, actualiza y unifica el marco jurídico estatal sobre controles oficiales agroalimentarios, derogando el RD 1749/1998 y parte del RD 1945/1983, actualiza el marco legal a las necesidades actuales, e incorpora la digitalización, la transparencia y el alineamiento europeo como pilares estructurales del nuevo sistema de control
Cambios con respecto a la anterior legislación
Derogaciones y alcance
- Derogación total del RD 1749/1998 (control de sustancias y residuos en animales y productos de origen animal), adaptando el control a los nuevos estándares del Reglamento Europeo 2017/625.
- Derogación del RD 1945/1983, de forma general a partir del 3 de julio de 2025, con excepciones específicas. Siguen vigentes ciertos artículos relativos a la defensa del consumidor (art. 9.2 y 3; art. 13‑16), y aspectos ligados a la calidad agroalimentaria en CCAA.
Adaptación al marco europeo actual
- Se incorpora íntegramente en el ordenamiento español el Reglamento (UE) 2017/625, ampliando el control a toda la cadena agroalimentaria, más allá de los productos de origen animal, incluyendo piensos, sanidad vegetal, fertilizantes, transporte internacional y comercio electrónico.
Controles “a distancia” y digitales
- Primera regulación legal de los controles no presenciales, lo que incluye:
- “mystery-shopper” por internet sin identificación del agente
- auditorías documentales vía electrónica
- revisión de etiquetado y publicidad en medios digitales
- Transición plena a la digitalización administrativa, reduciendo la burocracia y modernizando los procesos
Procedimientos de muestreo, análisis y laboratorios
- Simplificación del protocolo de análisis: se pasa de un esquema de tres fases (inicial, contradictorio, dirimente) a dos fases (análisis inicial + posible segundo dictamen)
- Nuevos requisitos para laboratorios oficiales (personal cualificado, imparcialidad, resultados en plazo) y uso de técnicas analíticas actualizadas
Transparencia, trazabilidad y lucha contra el fraude
- Se establece como obligatorias las informaciones públicas periódicas (Plan Nacional de Control, informe anual, resultados autonómicos/municipales)
- Impuesta la publicidad de incidentes sanitarios o fitosanitarios y medidas adoptadas.
- Refuerzo de la regulación contra el fraude alimentario y estrechamiento de mecanismos de cooperación interadministrativa mediante el SGICO (Nuevo Sistema de Gestión de la Información Único).
Coordinación institucional y novedades organizativas
- Creación de la Comisión Nacional de Coordinación del PNCOCA, asumiendo responsabilidades de planificación, evaluación y seguimiento a nivel nacional y autonómico.
- Clarificación de competencias y mecanismos de colaboración entre Administración General del Estado y CCAA, incluyendo Ceuta y Melilla.
