La Comisión Europea ha redactado un informe dirigido al Parlamento Europeo y al Consejo, en el que se evalúa la situación de la legislación en materia de comercialización (Reglamento (CE) 1107/2009) y en materia de límites máximos de residuos de plaguicidas (LMR) (Reglamento (CE) 396/2005). El informe abarca el período comprendido entre sus respectivas entradas en vigor y finales de 2018, con el propósito de estudiar si son adecuados para su fin y si logran sus objetivos sin complicar la legislación de la UE y eliminando las cargas innecesarias.

La creciente conciencia social respecto a la sostenibilidad de los sistemas de producción agrícolas ha derivado en políticas europeas garantistas con la salud de los consumidores, que actualmente son de las más rigurosas a nivel mundial en materia de fitosanitarios. Todas estas reglamentaciones europeas van dirigidas a una estrategia que tiene como objetivo promover unos ecosistemas saludables, la biodiversidad, unos sistemas más sostenibles de producción de alimentos y una alimentación más saludable, alineándose con las estrategias de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, Pacto Verde Europeo y más concretamente la Estrategia «de la granja a la mesa».

Con el objetivo de asegurar que los Reglamento Europeos se apliquen de manera eficiente y no compliquen la legislación de la UE, la Comisión Europea redacta el informe que evalúa los Reglamentos Europeos en materia de fitosanitarios, en concreto Reglamento (CE) 1107/2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y del Reglamento (CE) 396/2005 relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas. En este, se identifican 16 ámbitos de mejora en los que es posible mejorar la aplicación:

  1. Mejora de la aplicación de la Reglamentación: hacer frente a los retrasos y aumentar la transparencia.
  2. Mejora de la aplicación de los criterios de limitación.
  3. Simplificación de la evaluación comparativa de las sustancias candidatas a la sustitución.
  4. Evaluación de riesgos acumulativos.
  5. Seguimiento ambiental y biológico.
  6. Definición de objetivos de protección ambiental y actualización de los documentos de orientación.
  7. Mejora del sistema zonal para las autorizaciones de productos fitosanitarios.
  8. Soluciones para usos menores.
  9. Aumento de la supervisión de las autorizaciones de emergencia.
  10. Mayor reducción de la necesidad de realizar ensayos con vertebrados.
  11. Promoción de una protección fitosanitaria sostenible, soluciones de bajo riesgo y una mitigación de los riesgos eficaz.
  12. Mejora del control del cumplimiento del Reglamento sobre los productos fitosanitarios.
  13. Mejora del control del cumplimiento del Reglamento sobre los LMR.
  14. Respuesta más rápida a las cuestiones emergentes relativas a los LMR y al progreso técnico.
  15. Uso de la diplomacia verde para promover nuestra agenda verde para los plaguicidas.
  16. Aumento de la coherencia interna y con la legislación de la UE.

Resumiendo, uno de los aspectos más críticos de las normativas son los referidos a la eficacia en la aplicación de los Reglamentos. La escasez de recursos de los estados miembros provoca que la mayoría de los procedimientos sufran retrasos graves. Se espera que la identificación de los de 16 ámbitos anteriores contribuyan a mejorar el marco legislativo existente y la eficacia en su aplicación, a corto y medio plazo.