Medidas excepcionales para el control oficial de alimentos durante 2 meses
Dada la situación actual de crisis sanitaria por el COVID-19, y con el fin de hacer frente a disfuncionalidades en los sistemas de control oficial, la Comisión Europea ha publicado una medida que permite a los Estados miembros llevar a cabo controles oficiales de la cadena agroalimentaria de forma más flexible.
Esta medida, que se limita inicialmente a dos meses (hasta el 1 de junio) y que se revisará tras analizar la experiencia de su aplicación, no modifica las normas sustanciales de Seguridad Alimentaria, sino que permite las siguientes situaciones:
- Los controles oficiales de la cadena alimentaria pueden llevarse a cabo excepcionalmente por personas específicamente autorizadas para ello.
- Se pueden designar laboratorios para el control oficial de manera temporal, cuando los laboratorios oficiales designados no estén disponibles.
- Se aceptarán documentos y certificados en versiones electrónica, siempre bajo el compromiso de presentar los originales cuando sea técnicamente posible.
- Las reuniones físicas con los operadores pueden ser reemplazadas por reuniones no presenciales.
El objetivo de la medida es prevenir la propagación del virus a través de los movimientos del personal de control, a la vez que facilitar las labores de contro oficial a las Autoridades Competentes.
Los Estados miembros que deseen utilizar estas medida deberán informar a la Comisión y a los demás Estados miembros.