La EFSA ha publicado dictamen científico sobre la seguridad de ocho de los 10 aromas de humo autorizados actualmente en el mercado de la UE.

Estos 8 aromas fueron evaluados entre 2009 y 2012 para facultar su uso y cuentan con autorización hasta el 01/01/2024.

Los aromas de humo se añaden a ciertos alimentos, como la carne, el pescado o el queso, como alternativa al proceso tradicional de ahumado. Sin embargo, también pueden utilizarse como aromas en otros alimentos, como sopas, salsas, bebidas, patatas fritas, helados y productos de repostería.

Aromas evaluados

  • SF-001 «proFagus Smoke R714» (anteriormente denominado «Scansmoke PB 1110»)
  • SF-002 «Zesti Smoke Code 10»
  • SF-003 «Smoke Concentration 809045»
  • SF-004 «Scansmoke SEF7525»
  • SF-005 «SmokeEx C-10»
  • SF-006 «SmokEz Enviro-23»
  • SF-008 «proFagus Smoke R709»
  • SF-009 «Fumokomp Conc.» (anteriormente denominado «Fumokomp»)

En esta última evaluación no se han incluido los aromas POL-SFL-007 (TradismokeTM A MAX) y POL-SFL-010 (AM 01) cuya fecha de fin de autorización es el 01/01/2024.

Para esta nueva re-evaluación, la EFSA ha utilizado un nuevo criterio de evaluación que dicta que “de confirmarse que un solo componente de una mezcla compleja (como los aromas de humo) es genotóxico, toda la mezcla debe considerarse genotóxica”.

Atendiendo a este nuevo criterio y basándose en las pruebas científicas disponibles, los expertos no pudieron excluir los riesgos de genotoxicidad para ninguno de los ocho aromas de humo.

La genotoxicidad es la capacidad de un producto químico de dañar el material genético de las células. Los cambios o mutaciones en la información genética contenida en una célula pueden aumentar el riesgo de desarrollar enfermedades como el cáncer y las enfermedades heredadas.

Para este tipo de toxicidad no es posible definir un nivel seguro.

No obstante, la EFSA considera que una dieta equilibrada suele reducir la probabilidad de la exposición a riesgos alimentarios.

Regulación Específica

  • Reglamento (CE) 2065/2003: Establece un procedimiento para la evaluación y autorización de “productos primarios” para la producción de aromas de humo así como el procedimiento para establecer la lista comunitaria.
  • Reglamento (CE) 627/2006: Establece criterios de calidad de los métodos analíticos validados para el muestreo, la identificación y la caracterización de los productos primarios para la producción de aromas de humo
  • Reglamento de Ejecución (UE) 1321/2013: Establece la lista de la Unión de productos primarios autorizados para la producción de aromas de humo utilizados como tales en los productos alimenticios o en su superficie, o para la producción de aromas de humo derivados

Próximos pasos

La Comisión Europea y los Estados miembros de la UE estudiarán detenidamente el dictamen científico de la EFSA como parte de los debates sobre las opciones adecuadas de gestión del riesgo para los aromas de humo que se encuentran actualmente en el mercado.